Política de implicación

Declaración relativa a la política de implicación

De conformidad con lo establecido en el artículo 67.bis de la Ley 22/2014, de 12 de noviembre, por la que se regulan las entidades de capital riesgo, otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado y las sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado (la “Ley 22/2014”) y en la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, Blackpearl Capital Management, S.G.E.I.C., S.A. (“Blackpearl Capital”), tiene obligación de publicar en su sitio web una política de implicación que describa cómo integra la implicación en su política de inversión en caso de inversiones por cuenta de las ECR y EICC gestionadas en acciones admitidas a negociación en un mercado regulado que esté situado u opere en un Estado miembro así como un informe con carácter anual sobre cómo ha aplicado dicha política de implicación; o bien publicar una explicación clara y razonada de por qué no lo ha hecho.
Blackpearl Capital ha optado por no elaborar una política de implicación y por tanto, no elaborar el informe anual, por las razones que se exponen a continuación:
  1. De conformidad con la Ley 22/2014 y con los respectivos reglamentos de gestión de las ECR gestionadas por Blackpearl Capital, la política de inversión de las ECR gestionadas por Blackpearl Capital consiste en la toma de participaciones temporales en el capital de empresas de naturaleza no inmobiliaria ni financiera que, en el momento de la toma de participación, no coticen en el primer mercado de bolsas de valores o en cualquier otro mercado regulado equivalente de la Unión Europea o del resto de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos
  2. A la fecha de la presente declaración, ninguna de las ECR gestionadas por Blackpearl Capital tienen participaciones en sociedades cuyas acciones estén admitidas a negociación en un mercado regulado situado o que opere en un Estado Miembro de la UE; y tampoco está previsto que esta situación vaya a cambiar en el corto plazo.
  3. A la fecha de la presente declaración, Blackpearl Capital no ha llegado a un acuerdo de prestación de servicios de gestión de activos con entidades aseguradoras o planes y fondos de pensiones.
  4. La presente declaración, y por tanto esta decisión de Blackpearl Capital acerca de la aplicación de la política de implicación está sujeta a revisión, actualización o modificaciones.
BLACKPEARL CAPITAL MANAGEMENT, S.G.E.I.C., S.A.